LOS PODERES DEL ESTADO

LOS PODERES DEL ESTADO

Los peruanos vivimos en un Estado que tiene poderes independientes y soberanos. Somos una República con un sistema presidencial que cuenta con una democracia representativa en un sistema multipartidista. Sin embargo, muchos de nosotros no conocemos a detalle el funcionamiento y roles de los tres poderes del Estado.

El Poder Ejecutivo

El Poder Ejecutivo es el ala que ejerce el gobierno del Estado. Formula y ejecuta políticas generales. 
Está representado por el presidente de la República, quien personifica a la Nación y al mismo tiempo es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y Policiales del país
Es el funcionario de mayor jerarquía nacional y es elegido por voluntad popular.

El Ejecutivo también está comprendido por los ministerios. Estos son carteras individuales que están enfocados y se encargan de determinados sectores de gobierno. 
El primer ministro, elegido por el presidente, es la cabeza del gabinete. En el país hay 18 ministerios. Estos son: Defensa, Interior, Relaciones Exteriores, Justicia y Derechos Humanos, Economía y Finanzas, Producción, Agricultura y Riego, Energía y Minas, Comercio Exterior y Turismo, Ambiente, Salud, Vivienda, Educación, Transportes y Comunicaciones, Trabajo y Promoción de Empleo, Desarrollo e Inclusión Social, Cultura, Mujer y Poblaciones Vulnerables.

Funciones del Poder Ejecutivo

Son atribuciones y obligaciones del Presidente de la República:
  • Cumplir y hacer cumplir la Constitución, los tratados y leyes.
  • Representar al Estado dentro y fuera de la República.
  • Dirigir la política general del Gobierno.
  • Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República.
  • Convocar a elecciones para Presidente de la República y para representantes del Congreso, así como para alcaldes y regidores y demás funciones que señala la ley.
  • Convocar al Congreso a legislatura extraordinaria.
  • Ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas y dentro de tales límites, dictar decretos y resoluciones.
  • Cumplir Y Hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los tribunales y juzgados, y requerido para la pronta administración de justicia.
  • Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones.
  • Dirigir la política exterior y las relaciones internacionales, y celebrar y ratificar tratados.
  • Presidir el Sistema de Defensa Nacional, y organizar, distribuir y disponer el empleo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
  • Adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República, la integridad del territorio y de la soberanía del Estado.
  • Declarar la guerra y firmar la paz con autorización del Congreso.
  • Regular las tarifas arancelarias.
  • Conceder indultos y conmutar penas, etc.
  • El Presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si éste ha censurado o negado su confianza a dos Consejo de Ministros. Debe, a su vez, convocar a elecciones dentro de los cuatro meses a la fecha de disolución. No puede disolverse el Congreso en el último año de su mandato.
  • Finalmente puede decretar estado de emergencia en caso que hubiere perturbación de la paz o del orden interno y de catástrofe, en cuyo caso se suspenden algunos derechos constitucionales en todo el país o en parte de él, sólo por sesenta días. También puede decretar estado de sitio, en caso de invasión, guerra exterior, guerra civil.
Colabora con el Presidente de la República el Consejo de Ministros, cuyos titulares tienen a su cargo la dirección y la gestión de los servicios públicos. Son atribuciones del Consejo de Ministros:
  • Aprobar los proyectos de ley que el Presidente de la República somete al Congreso.
  • Aprobar los decretos legislativos y los decretos de urgencia que dicta Presidente de la República, así como los proyectos de ley y los decretos y resoluciones.


El Poder Legislativo

El Poder Legislativo es la rama del Estado que hace las leyes y que ejerce el control político sobre el Ejecutivo. 

'El primer poder del Estado’ está representado en el Congreso de la República. Este es unicameral y tiene 130 legisladores. Cada uno es electo por departamentos, de acuerdo a la población electoral, y cada provincia tiene un número de curules. La función del congresista dura cinco años y tiene la potestad de reelegirse.  

Funciones del Poder Legislativo
  • Dar leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o derogar las existentes.
  • Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes y disponer lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores.
  • Aprobar los tratados de conformidad con la Constitución.
  • Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General.
  • Autorizar empréstitos, conforme a la Constitución.
  • Ejercer el derecho de amnistía.
  • Aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo.
  • Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, siempre que no
  • afecte, en forma alguna, la soberanía nacional.
  • Autorizar al Presidente de la República de la República para salir del país.

El Poder Judicial

Es el ala encargada de ejercer y administrar la justicia en la sociedad. Es la facultad que tiene el Estado para hacer cumplir las leyes. De este modo se resuelven litigios, protegen los derechos de los ciudadanos y se hace cumplir las obligaciones y responsabilidades innatas a cada parte de la sociedad.

Está encabezado por la Corte Suprema de Justicia que tiene competencia en todo el territorio. Le sigue, en orden jerárquico, las Cortes Superiores que tienen alcance a nivel de distritos judiciales, luego los Juzgados de Primera Instancia y, finalmente, los Juzgados de Paz Letrados y No Letrados.

Funciones del Poder Judicial
  • Proponer a la Sala Plena de la Corte Suprema la Política General del Poder Judicial y aprobar el Plan de Desarrollo del mismo.
  • Fijar el número de Vocales Supremos Titulares.
  • Determinar el número de Salas Especializadas Permanentes y excepcionalmente el número de Salas Transitorias de la Corte Suprema.
  • Aprobar el Proyecto de Presupuesto del Poder Judicial propuesto por la Gerencia General y ejecutarlo una vez sancionado legalmente.
  • Velar por el respeto de las atribuciones y garantías del Poder Judicial.
  • Acordar el horario del Despacho Judicial de la Corte Suprema.
  • Distribuir la labor individual o por comisiones, que corresponda a sus integrantes.
  • Resolver en última instancia las medidas de apercibimiento, multa y suspensión, impuestas por la Oficina de Control de la Magistratura, en contra de los magistrados.
  • Resolver conforme a su Reglamento, los asuntos relativos a traslados de magistrados, funcionarios y demás servidores del Poder Judicial.
  • Designar al Gerente General del Poder Judicial, y a los demás funcionarios que señale la Ley y los reglamentos.
  • Emitir los informes que le solicite el Congreso de la República; la Sala Plena de la Corte Suprema y el Fiscal de la Nación sobre los asuntos de su competencia y solicitar los que se relacionen con sus funciones.
  • Supervisar la conservación y buen recaudo de los bienes incautados cuya libre disposición está supeditada a la resolución de los juicios penales, conforme a ley.
  • Proponer a la Sala Plena de la Corte Suprema, en forma excepcional, la distribución de causas entre las Salas Especializadas, fijando su competencia a fin de descongestionar la carga judicial, pudiendo conformar Salas Transitorias por un término no mayor de tres meses, en casos estrictamente necesarios.
  • Asegurar la progresiva habilitación y adecuación de locales judiciales a nivel nacional, en los cuales funcionen los órganos jurisdiccionales con su respectivo personal auxiliar.
  • Disponer y supervisar el desarrollo de los sistemas de informática que faciliten una eficiente función de gestión, el eficaz control de la conducta funcional y del trabajo jurisdiccional de todos los miembros del Poder Judicial y la organización estadística judicial, conforme con las propuestas que le formule la Gerencia General.
  • Asegurar el pago íntegro de las remuneraciones de los magistrados y demás servidores del Poder Judicial, según lo establecido en esta Ley.
  • Crear y suprimir Distritos Judiciales, Salas de Cortes Superiores y Juzgados, cuando así se requiera para la más rápida y eficaz administración de justicia, así como crear Salas Superiores Descentralizadas en ciudades diferentes de las sedes de los Distritos Judiciales, de acuerdo con las necesidades de éstos. La creación de Distritos Judiciales se realiza en función de áreas de geografía uniforme, la concentración de grupos humanos de idiosincrasia común, los volúmenes demográficos rural y urbano, el movimiento judicial y además la existencia de vías de comunicación y medios de transporte que garanticen a la población respectiva un fácil acceso al órgano jurisdiccional. En todo caso, la creación o supresión de Distritos Judiciales, Salas de Cortes Superiores o Juzgados, se sustentan estrictamente en factores geográficos y estadísticos.
  • Reubicar Salas de Cortes Superiores y Juzgados a nivel nacional, así como aprobar la demarcación de los Distritos Judiciales y la modificación de sus ámbitos de competencia territorial, pudiendo excepcionalmente incorporar Salas de Cortes Superiores Especializadas y Juzgados Especializados o Mixtos con competencia supraprovincial.
  • Adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia y para que los magistrados y demás servidores del Poder Judicial se desempeñen con la mejor conducta funcional.
  • Designar al Jefe de la Oficina de Inspectoría General del Poder Judicial.

Organismos Constitucionalmente autónomos

La Constitución Política del Perú establece diez organismos autónomos. Estos son:

Tribunal Constitucional: Encargado de control e interpretación de la Constitución. Tiene sede en Arequipa.

Ministerio Público: Está encabezado por la Fiscalía de la Nación. Representa a la sociedad en los procesos judiciales. Tiene sede en Lima

Defensoría del Pueblo: Tiene como objetivo proteger los derechos de los ciudadanos, supervisa el cumplimiento de los deberes del Estado y la prestación de servicios públicos. Tiene sede en Lima.

Contraloría General de la República: Es el ente encargado de controlar los bienes y servicios públicos del país. Tiene la sede central en Lima pero cuenta con oficinas de coordinación regional.

Consejo Nacional de la Magistratura: Su función es mantener, supervisar y mejorar la justicia en el país. Nombra, ratifica y destituye a jueces. Tiene sede en Lima.

Superintendencia de Banca, Seguros y AFP: Es el organismo encargado de la regulación y supervisión del Sistema Financiero, de Seguros y del Sistema Privado de Pensiones.

Jurado Nacional de Elecciones: Fiscaliza los procesos electorales y otorga las credenciales a las autoridades electas. Además es el ente que verifica y monitorea a los partidos políticos. Tiene sede en Lima.

Oficina Nacional de Procesos Electorales: Es la institución encargada de organizar los procesos electorales.  Tiene sede en Lima.

Registro Nacional de Identificación y Estado Civil: Es la institución encargada de la inscripción de personas, entrega el documento nacional  de identidad y registra hechos como nacimientos, matrimonios, defunciones.  Durante las elecciones este proporciona el padrón electoral. Tiene su sede central en Lima pero oficinas en cada departamento.

Banco Central de Reserva: Se encarga de la estabilidad monetaria del Estado. Regula la cantidad de dinero en el mercado nacional, administra las reservas internacionales, emite billetes y monedas e Informa sobre las finanzas del Estado. Tiene sede en Lima.

REFERENCIAS:
http://www.pqs.pe/actualidad/noticias/conoce-los-poderes-del-estado
http://elestadoperuanoysuspoderes.blogspot.pe/

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